COBERTURAS BÁSICAS
Resumen de garantías
- Prestación del servicio funerario: Esta garantía le cubre todo relacionado con la prestación del servicio funerario (atencion, gestión, etc) cuando el fallecimiento suceda de acuerdo con todas las Condiciones Generales y Particulares que esten presentes en la póliza del seguro.
- Prestación complementaria o reguladora: Esta prestación es obligatoria y corresponde a un tanto por ciento del Capital que se ha contrate para la Prestación del Servicio. La finalidad de esta garantía es la de regular las posibles desviaciones que puedan encontrarse entre el capital contratado y el coste final del servicio.
- Traslado - Libre elección de cementerio: El seguro de decesos se responsabiliza del coste de acondicionar, inhumar y trasladar al asegurado fallecido desde el lugar donde se ha producido el fallecimiento hasta el cementerio elegido por sus parientes, escogido libremente dentro del territorio nacional.
- Traslado - Repatriación de extranjeros: Cuando fallezca cualquier asegurado extranjero con residencia en España, y por demanda de sus pariente próximos, el seguro de decesos se responsabiliza de las gestiones y gastos de repatriación desde el lugar donde se ha producido el fallecimiento en territorio nacional hasta el aeropuerto internacional más cercano al lugar del entierro, en el pais de donde provenga el asegurado. En el caso de repatriación, los parientes del fallecido podrán designar a una persona, que tendra derecho a un viaje de ida o vuelta desde el lugar del entierro hasta España o viceversa.
- Asistencia familiar: El seguro de decesos pone a disposición de los asegurados un servicio de asistencia familiar post-mortem, con el fin de simplificar los trámites necesarios para obtener y gestionar los documentos oficiales imprescindibles tras el fallecimiento del asegurado.
- Asistencia jurídica: Esta garantía es un servicio de orientación telefónica atendido por un abogado acerca del alcance de los derechos que asisten al asegurado en su vida particular, así como el modo en el que pueda defenderse de mejor forma. Además, en esta cobertura está incluida cualquier tipo consulta por vía telefónica de naturaleza jurídica-legal vinculada con el fallecimiento del asegurado.
- Servicios Médicos: Esta cobertura abarca las prestaciones siguientes:
Prestación por accidente: Tratamiento bucodental resultado de un accidente mediante reembolso de gastos, con un máximo de 6000 €.
Servicios médicos y asistenciales: Acceso a una gama de servicios sanitarios con precios especiales y/o condiciones económicas beneficiosas a través de una red de facultativos y clínicas concertadas.
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