Menú de navegación

¿Es posible dejar de pagar el Seguro de Decesos?

Debido fundamentalmente a las características del seguro de decesos, muchos de los que disfrutan de un producto de este tipo pueden llegar a cansarse en un momento dado de las coberturas que su póliza les había venido ofreciendo. Por eso es posible dar de baja los seguros de decesos para que no tengamos que tener que "sufrir" los inconvenientes con los que estemos en desacuerdo. Para ello hay que recurrir a la Ley del Seguro.

¿Qué es lo que se establece en esta normativa?

Muy sencillo: los seguros en general vencen a fecha de vencimiento excepto algunos supuestos que vencen a 31 de diciembre. En el caso de los seguros de decesos por poner un ejemplo, si se contrata a fecha de 12 de abril de 2018 su fecha de vencimiento sería de 12 de abril de 2019, por lo que, habría que pensar que alrededor de esa fecha si no se ha estado conforme habría que darlo de baja.

¿Cómo?

En la Ley del Seguro una vez más, se establece el modo de hacerlo, en este caso, siguiendo el ejemplo anterior sería entorno a febrero cuando habría que avisar a la compañía de que no querríamos la renovación automática de nuestro seguro. ¿Por qué un mes? Se trata de lo establecido en esta normativa, de manera que habría que mandar una carta estableciendo los motivos de la baja para que nos anulen dicha póliza.

Mi póliza está de baja ¿Tengo algún derecho?

¿Qué ocurre cuando nuestra póliza de decesos está anulada y nos enteramos que por una enfermadad grave es posible que tengamos que hacer un uso inmediato?

Dado el momento tan delicado que se sufre al enterarnos de que hemos contraído una enfermedad grave, podemos vernos desamparados con respecto a la contratación de una nueva póliza de decesos, puesto que ya no seríamos asegurables en las compañías. Si has estado asegurado , puedes comprobar si cumples los requisitos para el “RESTABLECIMIENTO DE LA COBERTURA DE DECESOS”, dado que la póliza no está en vigor, la compañía no tiene ninguna obligación de darnos cobertura, pero siempre y cuando la baja se haya efectuado hace menos de 5 años y hayamos estado asegurados al menos durante 20 años, la compañía está en la obligación, si así lo deseamos, de restablecer la cobertura contratada.

Para efectuar este tramite es obligatorio cumplir algunos requisitos. Cualquiera de los asegurados que hayan causado baja en la póliza pueden ejercer este derecho, no es necesario que se solicite para todos los asegurados de la póliza, podemos hacerlo para un asegurado en concreto. La póliza se rehabilitaría en las mismas condiciones que teníamos contratadas antes de producirse la anulación, y éstas serían de pleno derecho, como si no hubiese ocurrido la baja nunca.

Para que toda la póliza entre en vigor, es necesario e indispensable satisfacer la totalidad de las primas pendientes desde la fecha en que se efectuó la baja hasta ahora, con las correspondientes subidas de IPC o actualizaciones de capital que se hayan producido en los pasados años. No es necesario cumplimentar cuestionario de salud, ya que se respetarían los derechos desde la primera fecha de alta. Por lo que sabiendo que estamos enfermos y que es posible que nuestra esperanza de vida se reduzca de manera inmediata, podríamos ejercer este derecho. De esta manera siempre nos saldrá más económico que abonar el coste del servicio a la funeraria de manera particular. En definitiva si buscas dar de baja un seguro de decesos o, incluso, el modelo de carta para darte de baja, llámanos y te asesoraremos.

Contrate su Seguro de Decesos en una compañía líder

Comparador de seguros de decesos Adeslas Comparador de seguros de decesos Asefa Comparador de seguros de decesos Asociación Europea Comparador de seguros de decesos Caser Comparador de seguros de decesos Dkv Comparador de seguros de decesos La Fe Comparador de seguros de decesos Fiatc Comparador de seguros de decesos Generali Comparador de seguros de decesos Mapfre Comparador de seguros de decesos Santalucia Comparador de seguros de decesos Ocaso Comparador de seguros de decesos Divina Pastora Comparador de seguros de decesos Asisa Comparador de seguros de decesos Helvetia

Le ofrecemos el mejor servicio para cuando usted más nos necesita

  • Decesos

    Garantizamos el pago del verdadero valor del servicio fúnebre asegurado. Servicio fúnebre, gestión de trámites del sepelio, traslado nacional o internacional, asistencia jurídica y psicológica…

  • Asistencia en traslados

    Está cubierto el traslado del fallecido a cualquier punto en todo el territorio español desde cualquier lugar alrededor del mundo (libre elección de cementerio)

  • Asistencia en viaje

    Para todos sus viajes, le ofrecemos asistencia a nivel mundial frente a circunstancias de emergencia como enfermedades, accidentes, etc.

  • Orientación legal

    No tendrá que preocuparse por el papeleo que conlleva un fallecimiento. Nuestro equipo jurídico le orientará e informará sobre cualquier trámite que necesite realizar.

  • Accidentes familiares

    Garantizamos el pago de las prestaciones aseguradas como consecuencia de fallecimiento o invalidez permanente

clickPara momentos difíciles, confíe en nuestras soluciones especializadas

CALCULAR

¿Qué te ofrecemos en Segurodeceso.es?

1 Atención directa y personalizada

Ponemos a su disposición nuestro equipo de asesores especializados que le ayudarán a resolver todas sus dudas.

2 Precios de 14 aseguradoras

En menos de 1 minuto realizamos una comparativa de precios y coberturas en las principales compañías del mercado.

3 Gratuito y sin compromiso

Solicitenos su presupuesto personalizado totalmente grátis y sin ningún compromiso, estaremos encantados de atenderle.

4 Contrate su Póliza a medida

Elaboramos su póliza de decesos con las mejores coberturas para que se adapte 100% a sus necesidades reales.